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La Arena - La Pampa
1/06/17

La ley en La Pampa favorece el abuso policial

Hernán Gullco, profesor de la Escuela de Derecho, disertó en el marco de la conferencia “Libertad Ambulatoria y Derechos Humanos” organizada por la Universidad Nacional de La Pampa y fue entrevistado acerca del abuso de autoridad de las fuerzas policiales

El abogado constitucionalista Hernán Víctor Gullco aseguró que la Ley Orgánica de la Policía de La Pampa es “una norma vaga” que necesita ser modificada. El docente de la Universidad Torcuato Di Tella, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue uno de los disertantes ayer en la jornada sobre “Libertad Ambulatoria y Derechos Humanos” que se realizó en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la UNLPam.

Junto al vicedecano de esa unidad académica, el también abogado, Francisco Marull, el constitucionalista y jurista nacido en Lomas de Zamora, fue uno de los oradores que abrió el debate sobre “excesos y procedimientos policiales y judiciales”, una idea que la Facultad anfitriona llevó a la práctica luego de los últimos casos ocurridos en la provincia y que han tomado estado público. 

“El Código Procesal Penal establece pautas muy rígidas para poder privar a una persona de su libertad, básicamente, tiene que ser sospechosa de haber cometido algún delito, y después, la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia de La Pampa, que también autoriza a detener básicamente por averiguación de antecedentes, pero tiene estándares mucho más laxos. Lo que uno se pregunta en estos casos, es si una ley de ese tipo, que le da facultades tan amplias a la Policía, es constitucionalmente válida o no”, dijo.

-¿Hoy está garantizada la libertad ambulatoria?

-Está garantizada por la Constitución, lo que ocurre es que muchas veces las leyes o los procedimientos de los funcionarios no se ajustan a la Constitución y para eso, justamente, están los jueces que supuestamente tienen que velar para que se cumpla con la Constitución.

-¿Qué puede decir de los casos que ocurrieron con estudiantes de la UNLPam?

-Si lo que se está investigando es un delito, hay que cumplir con los requisitos exigidos por el Código para justificar una detención. Según el Código Procesal de La Pampa, no siempre que se sospeche la comisión de un delito se justifica la detención de una persona, porque si el sospechoso del delito no se fuga, no obstaculiza la investigación, en principio no corresponde la detención de una persona. 

-En un caso, una estudiante no fue detenida, pero sí interceptada en la vía pública por agentes policiales y hasta se le preguntó de qué partido político era.

-Eso, obviamente, aún cuando uno mira la Ley Orgánica de la Policía de La Pampa, que es bastante amplia en las facultades que le da a la fuerza, claramente no justifica que demoren a alguien en la calle para preguntarle por sus ideas políticas, eso claramente es inadmisible. 

-¿Habría que reformar la Ley Orgánica?

-Yo estuve viendo la Ley Orgánica y tiene problemas porque le da demasiadas facultades a la Policía. Es muy vaga cuando dice “…cuando las circunstancias lo justificaren…” o “…cuando la persona se negara a acreditar la identidad…”. Eso es grave, sobre todo, lo primero, porque cuando más vaga es una norma, más discrecionalidad y abuso puede haber por parte del poder.

-¿Esa vaguedad también se da en otras normas que regulan a fuerzas policiales?

-Yo conozco la Ley Orgánica de la Policía Federal, que es una ley de la época de la Dictadura, en el año 1958, pero fue reformada en época de democracia, y tiene requisitos muy estrictos, porque dice que solo cuando hubiere indicios de culpabilidad la Policía podrá detener a alguien por un lapso máximo de 12 horas para acreditar la identidad de la persona. En La Pampa creo que son 24 horas. Lo que pasa es que esa norma fue interpretada de una manera muy extraña por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y dio lugar a que se justificara un procedimiento donde claramente no había ningún indicio vehemente de nada. La Policía Federal al voleo paró a una persona en la estación de Constitución y le encontró un arma que además no estaba en condiciones de funcionamiento y la cuestión que se planteó fue si la Policía Federal tenía facultades para hacer esa detención. Según la ley, no. En La Pampa es más complicado, porque como la ley es más vaga, podría llegar a justificar eso, con lo cual esto lleva a preguntarse si esa ley es constitucional.

-¿Esto facilita el abuso de la autoridad?

-Claro. Aun cuando uno admitiera que la Policía, en algunos casos, aunque no haya sospechas de que la persona cometió un delito, puede demorar a alguien, la ley debe ser muy clara respecto a en qué condiciones se permite la detención. 

Gullco es abogado graduado en la UBA. Estuvo becado en tres oportunidades en universidades de Alemania y realizó una Maestría en Derecho Comparado, en la Universidad de Miami, Estados Unidos. La actividad fue organizada por el Observatorio de Derechos Humanos de la FCEyJ de la UNLPam.